Gobierno reglamentó cambios en el régimen de inversiones mineras

El Poder Ejecutivo Nacional aprobó el Decreto 482/2026, que reemplaza la reglamentación vigente desde 1993 para la Ley de Inversiones Mineras. La norma busca simplificar trámites, eliminar autorizaciones previas y modernizar los mecanismos de control y promoción de la actividad minera.

6/23/20263 min leer

La reforma apunta a reducir cargas burocráticas y agilizar inversiones

Nueva operatoria para importaciones mineras

Uno de los cambios más relevantes introducidos por el Decreto 482/2026 es la modernización del régimen de importaciones de bienes de capital e insumos destinados a proyectos mineros.

La nueva reglamentación elimina el sistema de autorizaciones previas y los certificados emitidos manualmente por la autoridad competente. En su lugar, las operaciones se validarán mediante una declaración jurada sobre el destino minero de los bienes.

El procedimiento se integrará con la Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y el Sistema Informático Malvina (SIM), permitiendo una validación automática de las operaciones de importación.

Además, se actualizan los criterios aplicables a bienes usados o reacondicionados, así como a los casos de transferencia o desafectación de los bienes incorporados al régimen.

Cambios en la estabilidad fiscal de los proyectos

La norma también modifica aspectos vinculados al certificado de estabilidad fiscal previsto por la Ley N.º 24.196, beneficio que garantiza estabilidad tributaria por un plazo de 30 años.

Entre las principales novedades se destacan:

• El certificado tendrá carácter declarativo y la franquicia se considerará otorgada antes de su emisión formal.

• La estabilidad fiscal se aplicará desde la fecha de presentación del estudio de factibilidad o de la documentación complementaria aprobada.

• Los beneficiarios podrán reclamar ante eventuales afectaciones de la estabilidad fiscal por parte de organismos nacionales, provinciales o municipales.

A su vez, las empresas deberán actualizar los estudios de factibilidad cuando se produzcan modificaciones relevantes que alteren las condiciones originales del proyecto.

Se agiliza la devolución del IVA para exploración minera

Con el objetivo de incentivar las etapas de prospección y exploración, el decreto simplifica el régimen de devolución acelerada del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

La nueva reglamentación limita los requisitos documentales a la presentación de facturas y comprobantes de pago, reduciendo la carga administrativa para las empresas.

Asimismo, deja sin efecto la obligación de informar previamente los trabajos exploratorios a la autoridad de aplicación y prohíbe la exigencia de requisitos adicionales que no estén vinculados con la verificación del crédito fiscal.

Mayor integración regional y nuevos controles para prestadores

La reforma amplía de 200 a 500 kilómetros el límite aplicable al concepto de integración regional dentro del régimen promocional.

Esta modificación busca facilitar la vinculación entre yacimientos, plantas de procesamiento y centros logísticos ubicados a mayores distancias, manteniendo los beneficios previstos por la legislación minera.

Por otra parte, se establece un régimen específico para prestadores de servicios mineros, quienes deberán acreditar que una parte mínima de su facturación proviene directamente de actividades vinculadas al sector.

La norma también incorpora procedimientos de intimación, suspensión y baja registral en casos de incumplimiento.

La garantía ambiental se adapta a la legislación vigente

El decreto armoniza el régimen minero con la Ley General del Ambiente (Ley N.º 25.675) en materia de recomposición ambiental.

Hasta ahora, la reglamentación contemplaba la constitución de una previsión especial contable destinada a cubrir futuros costos de remediación ambiental.

A partir de la nueva normativa, la acreditación del Seguro Ambiental Obligatorio (SAO) podrá considerarse suficiente para cumplir ese requisito, previa evaluación de la autoridad competente.

Según el Poder Ejecutivo, esta herramienta ofrece mayores garantías respecto de la disponibilidad efectiva de fondos para afrontar eventuales daños ambientales.

Digitalización de trámites y nuevas obligaciones informativas

Como parte del proceso de modernización administrativa, todos los beneficiarios deberán presentar una declaración jurada anual mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD).

La presentación deberá incluir un informe económico-financiero firmado por un profesional matriculado.

Además, los inscriptos deberán constituir un domicilio legal electrónico en su próxima presentación anual para que esta tenga validez formal.

Finalmente, la autoridad de aplicación contará con un plazo de 60 días corridos para dictar las normas complementarias necesarias para la implementación integral del nuevo régimen.

Fuente: errepar

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