ARCA unificó planes de pago para Ganancias y Bienes Personales
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) mantiene vigente el esquema unificado de facilidades de pago para los saldos de Ganancias y Bienes Personales. El nuevo sistema reemplaza al antiguo “mini plan” y establece condiciones comunes para personas humanas y jurídicas durante el período fiscal 2025.
IMPUESTOS
5/12/20262 min leer


El nuevo esquema incorpora reglas unificadas para regularizar deudas
Las facilidades de pago quedaron integradas al plan permanente
Las Resoluciones Generales 5321/2023 y sus actualizaciones posteriores establecieron un régimen único para financiar obligaciones tributarias vinculadas a las Declaraciones Juradas anuales.
El nuevo sistema incorporó dentro del denominado “plan permanente” a los esquemas que anteriormente funcionaban como planes específicos o “mini planes”.
Además, se eliminaron las tasas diferenciales basadas en parámetros subjetivos y se fijó una tasa de interés mensual uniforme.
La tasa de financiación será del 2,75% mensual
Según la normativa vigente, la tasa aplicable para los planes de pago será del 2,75% mensual fija, en línea con los intereses resarcitorios actuales.
El régimen alcanza tanto al Impuesto a las Ganancias como al Impuesto sobre los Bienes Personales.
Desde Arizmendi señalaron que las condiciones del plan varían de acuerdo con el perfil de cumplimiento fiscal del contribuyente registrado en el Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER).
Cómo funcionarán los planes para el período fiscal 2025
Las cuotas y anticipos dependen del perfil del contribuyente
El esquema de financiación previsto para las obligaciones del ejercicio 2025 contempla distintas condiciones según la situación fiscal del solicitante.
Entre las principales características del plan se destacan:
• Sujetos alcanzados: personas humanas y jurídicas
• Impuestos incluidos: Ganancias y Bienes Personales
• Cantidad de cuotas: entre 2 y 6 pagos
• Pago a cuenta: entre el 17% y el 28% de la deuda
• Tasa de interés: 2,75% mensual fija
La cantidad de cuotas disponibles y el porcentaje del anticipo dependerán del perfil asignado en el SIPER.
Los vencimientos difieren según el tipo de contribuyente
Para las personas jurídicas con cierre en diciembre de 2025, el vencimiento de las Declaraciones Juradas operará durante mayo de 2026.
En estos casos, el plan anual podrá solicitarse desde el vencimiento hasta el último día de octubre de 2026.
Posteriormente, desde el 1 de noviembre de 2026, la deuda podrá regularizarse mediante el esquema general de facilidades de pago.
Personas humanas deberán adherirse antes de diciembre de 2026
El plan anual tendrá vigencia limitada
En el caso de las personas humanas con cierre correspondiente al año calendario 2025, el vencimiento de las Declaraciones Juradas ocurrirá en junio de 2026.
La adhesión al plan específico anual estará disponible desde la fecha de vencimiento hasta el último día de noviembre de 2026.
Luego de ese plazo, la deuda solo podrá incorporarse al régimen general a partir del 1 de diciembre de 2026.
Arizmendi recomendó monitorear el perfil SIPER
Desde Arizmendi destacaron que resulta fundamental controlar periódicamente el perfil de cumplimiento fiscal asignado por ARCA.
Esto se debe a que tanto el pago a cuenta exigido como la cantidad de planes disponibles pueden modificarse según el comportamiento fiscal del contribuyente.
La recomendación apunta a evitar restricciones al momento de adherir a los planes de facilidades de pago.
Fuente: IProfesional
