ARCA reglamentó el blanqueo laboral y definió el plan de cuotas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó la reglamentación del Régimen de Promoción del Empleo Registrado mediante la Resolución General 5862/2026. La medida establece beneficios de condonación de deuda y modalidades de pago para los empleadores que regularicen relaciones laborales hasta el 28 de noviembre de 2026.
6/11/20262 min leer


La nueva reglamentación establece beneficios para empleadores que regularicen trabajadores no registrados o deficientemente registrados
Condonación de deuda y plan de facilidades
El principal incentivo del régimen consiste en la condonación parcial del capital e intereses adeudados por la falta de pago de aportes y contribuciones destinados a los distintos subsistemas de la Seguridad Social.
Para la deuda que no resulte alcanzada por la condonación, ARCA habilitó un Plan de Facilidades de Pago con diferentes condiciones según el tamaño del empleador:
• Micro y pequeñas empresas y entidades sin fines de lucro: hasta 72 cuotas con un pago a cuenta del 3%.
• Medianas empresas tramo 1 y 2: hasta 48 cuotas con un pago a cuenta del 4%.
• Demás empleadores: hasta 36 cuotas con un pago a cuenta del 5%.
La regularización podrá efectuarse hasta el 28 de noviembre de 2026 e incluir obligaciones devengadas hasta octubre de 2026, inclusive.
Quiénes pueden adherir y qué beneficios obtienen
El régimen está dirigido a empleadores del sector privado que regularicen relaciones laborales no registradas o registradas de manera deficiente.
Entre las situaciones alcanzadas se encuentran:
• Trabajadores sin registración.
• Relaciones con fecha de ingreso declarada posteriormente a la real.
• Remuneraciones informadas por debajo de las efectivamente abonadas.
Quedan excluidos el sector público y aquellos empleadores que ya hubieran adherido al régimen previsto por la Ley N.º 27.742 respecto de los mismos trabajadores.
En materia de condonación, los beneficios varían según el tamaño de la empresa:
• Micro y pequeñas empresas con certificado MiPyME y entidades sin fines de lucro: 90%.
• Medianas empresas tramo 1 y 2: 80%.
• Grandes empresas y demás empleadores: 70%.
Asimismo, el régimen contempla la condonación del 100% de las deudas correspondientes al Sistema Nacional del Seguro de Salud, la Ley de Riesgos del Trabajo y el Seguro Colectivo de Vida Obligatorio.
Opciones de pago y procedimiento para la regularización
Una vez aplicada la condonación, el saldo remanente podrá cancelarse mediante pago al contado o a través de un plan de cuotas.
Quienes opten por el pago al contado accederán a una reducción adicional del 50% sobre el saldo restante, debiendo generar el correspondiente Volante Electrónico de Pago (VEP) mediante el servicio "Mis Facilidades".
En caso de elegir el plan de pagos, las condiciones generales son:
• Cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
• Tasa de interés mensual del 1%.
• Cuota mínima de $50.000.
• Pago a cuenta mínimo de $50.000.
Para adherir al régimen, los empleadores deberán corregir previamente la registración del trabajador, presentar las declaraciones juradas correspondientes y seleccionar la modalidad de cancelación elegida.
Cuándo caduca el beneficio y aspectos a tener en cuenta
El plan de facilidades perderá vigencia cuando el empleador incumpla el pago de dos cuotas, consecutivas o alternadas, dentro de los 60 días corridos posteriores al vencimiento de la segunda, o cuando deje impaga la última cuota por más de 60 días desde su vencimiento.
En esos casos, ARCA podrá iniciar el correspondiente juicio de ejecución fiscal.
La normativa también permite regularizar relaciones laborales detectadas en inspecciones o sometidas a discusión administrativa o judicial, siempre que la deuda no haya sido cancelada. Además, los empleadores podrán solicitar la anulación de una adhesión hasta el 20 de noviembre de 2026 y presentar nuevos planes durante el período de regularización.
Fuente: iProfesional
